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Subvenciones de igualdad municipal de la Generalitat Valenciana

Subvenciones de igualdad municipal de la Generalitat Valenciana

  • La Vicepresidència i Conselleria d’ Igualtat i Polítiques Inclusives, convoca subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o la inserción laboral de las mujeres en el ejercicio 2020.
  • EQUÀLITAT, participació i igualtat cuenta con una amplia experiencia, de casi 10 años, en servicios de igualdad e inserción laboral de las mujeres.

Debido al COVID-19, se ha producido en nuestro país una crisis tanto sanitaria como económica, dejando a numerosas personas sin empleo y en situación de necesidad, siendo las mujeres el género que más ha sufrido. Por lo que es de interés general, establecer ayudas para realizar acciones que fomenten la inserción laboral de la mujer y, evitar futuras situaciones de discriminación entre mujeres y hombres.

CARACTERÍSTICAS MÁS IMPORTANTES DE ESTA CONVOCATORIA:

OBJETO DEL TRÁMITE:

1)Programas de promoción y fomento de la igualdad entre mujeres y hombres.

2)Programas formativos de mejora de la inserción laboral, y reducción de la precariedad laboral de las mujeres.

¿QUIÉN PUEDE INICIARLO?

Entidades locales de ámbito inferior a la provincia de la Comunitat Valenciana.

¿CUÁNDO SOLICITARLO?

La presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (05/06/2020).

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.

El plazo máximo para resolver y notificar: 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Transcurrido el plazo sin notificación, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

La valoración total: sobre 100 puntos.

-Los criterios de valoración respecto a las entidades solicitantes, respecto del número de habitantes: máximo 35 puntos.

-A destacar:

a) Los municipios de hasta 2.500 habitantes o mancomunidades de hasta 5.000 habitantes: 35 puntos

b) Los municipios de 2.501 – 5.000 habitantes o mancomunidades de 5.001 a 7.500 habitantes: 25 puntos

-Criterios de valoración respecto al proyecto o actividad a realizar:

  • Proyectos dirigidos a la ejecución de las medidas, evaluación o mejora del Plan de Igualdad Municipal, artículo 1.2 a) (máximo 65 puntos)

Se tendrán en cuenta: la calidad, objetivos generales, la originalidad, proporcionalidad, viabilidad y cofinanciación de los proyectos entre otros más aspectos.

  • Actividades dirigidas a fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, artículo 1.2 b) (máximo 65 puntos)

Se tendrán en cuenta: la calidad, formación dirigidas a la inserción de la mujer, indicadores de evaluación de impacto de género, programas formativos, viabilidad, proporcionalidad y cofinanciación de estas actividades.

*Solo podrán obtener ayuda, aquellas solicitudes que obtengan un mínimo de 55 puntos.

Desde EQUÀLITAT nos ponemos a tu disposición para ayudarte en la solicitud y la memoria del proyecto. Avalados por nuestra larga trayectoria desarrollando programas sociales, de participación e igualdad. Contando, con un equipo dinámico y experto en la materia, que desempeña un sistema de trabajo muy eficiente, siempre en coordinación con los Ayuntamientos a fin de mejorar el desarrollo social.

 Comunicació EQUÀLITAT