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Subvenciones para asociaciones en Igualdad

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Subvenciones

Subvenciones para asociaciones en Igualdad


Subvenciones para asociaciones en Igualdad para entidades sin ánimo de lucro en materia de igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género

 

La Diputació de València convoca subvenciones para asociaciones en Igualdad: destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la provincia de València destinadas a desarrollar actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género.


¿Qué entidades son las beneficiarias?

Subvenciones para asociaciones en Igualdad, son beneficiarias: Asociaciones, fundaciones, federaciones y agrupaciones de las mismas que tengan domicilio social y actúen en la provincia de València, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género.

Deberá figurar en sus Estatutos como fines institucionales la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la inclusión de las mujeres en la sociedad o la erradicación de la violencia de género.

No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que contengan duplicidades de sedes sociales, órganos rectores, objeto de la entidad, población a atender o infraestructura física respecto de otras entidades que ya hubiesen presentado solicitud en esta convocatoria.

Tampoco aquellas entidades integradas en. Una federación si ésta ya ha presentado solicitud de la misma.


¿Cuál es el término de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 4 de abril de 2024.


¿Cuál es el plazo para la justificación de la subvención?

Las entidades subvencionadas disponen hasta el 31 de enero de 2025 para presentar la justificación de la subvención.


¿Qué proyectos son subvencionables?

La subvención va dirigida a financiar programas, proyectos o acciones concretas que contribuyan a hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y que favorezcan la inclusión de las mujeres en la sociedad, así como a cualesquiera otras actuaciones específicas de prevención e intervención frente a la violencia de género.

Es importante tener en cuenta que las entidades solicitantes solo pueden presentar un programa o proyecto, sin perjuicio de que esta pueda constar de diferentes actividades.

¿Qué gastos cubre el importe de la subvención?

Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se devenguen dentro del plazo que se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

En concreto:

  • Nóminas y Seguridad Social del personal especializado en género adscrito al proyecto. Excepcionalmente la contratación de profesionales ajenos a la entidad que realicen una colaboración esporádica.
  • Gastos de promoción y difusión del programa.
  • Material fungible necesario para la ejecución de las actividades.
  • Gastos derivados de pólizas de seguro de accidente, enfermedad y responsabilidad civil suscritos a favor del beneficiario y del personal voluntario que participe en las actuaciones.
  • Gastos de locomoción, siempre que sea necesaria para el desarrollo de las actuaciones del programa.
  • Alojamiento y manutención, siempre que sea necesario para el desarrollo de las actuaciones del proyecto.
  • Gastos de asesoría laboral y los de gestión y administración específicos del programa o proyecto y costes indirectos necesarios para la realización del mismo en una cuantía máxima del 20% del importe justificado.


¿Cuál es el importe de la subvención?

De manera específica, el importe máximo subvencionable a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 15.000 euros o la cuantía solicitada cuando esta sea inferior a dicho importe.


¿Puedo subcontratar las actividades subvencionadas?

Sí. El beneficiario puede subcontratar total o parcialmente las actuaciones objeto del programa siempre que no disponga de los medios personales o materiales necesarios para su ejecución.


¿Puedo solicitar otras subvenciones para la misma finalidad?

Sí. La subvención que otorgue la Diputación Provincial de Valencia será compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados.

No obstante, se exceptúan de esta compatibilidad las ayudas o subvenciones que se hayan concedido de forma directa por la DIVAL, y aquellas otorgadas por el Servicio de Bienestar Social para el mismo ejercicio y la misma finalidad.

 

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