- La Diputació de Castelló convoca subvenciones para la realización de actividades, programas o proyectos concretos que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres, y/o contra la violencia de género en 2022.
- Las entidades beneficiaras son: asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas de la provincia de Castelló.
Desde EQUÀLITAT, participació i igualtat, consultora social, experta en materia de igualdad y violencia de género, compartimos las bases de la Diputació de Castelló, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades, programas o proyectos concretos que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres, y/o contra la violencia de género en el ejercicio de 2022.
Así pues, y para facilitar la interpretación de la subvención, por igual, para todas las personas, vamos a detallar, de forma clara e intuitiva, la siguiente convocatoria. De este modo, damos respuesta a las siguientes cuestiones:
¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA SUBVENCIÓN?
Realización de actividades, programas o proyectos concretos que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres, y/o contra la violencia de género durante el ejercicio de 2022.
¿QUIÉNES SON LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS?
Podrán beneficiarse de las subvenciones: asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas de la provincia de Castelló.
¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN?
El plazo de formalización de solicitudes se encuentra comprendido entre los días 13/02/2022 y 27/02/22, ambos inclusive.
¿CUÁL ES EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN?
El plazo máximo para la justificación de la subvención será el 15 de noviembre de 2022.
¿CUÁL ES EL IMPORTE SUBVENCIONABLE?
El gasto máximo subvencionable es de cinco mil euros (5.000 €), y la subvención por beneficiario es de tres mil euros (3.000 €), salvo en aquellos casos que sean apreciados por la comisión de valoración, de los que se dejará constancia expresamente en la resolución.
¿QUÉ ACTIVIDADES O PROGRAMAS SON SUBVENCIONABLES?
- La subvención concedida irá destinada a financiar programas, proyectos o acciones concretas que contribuyan a hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y favorezcan la inclusión de las mujeres en la sociedad, así como a cualesquiera otras actuaciones específicas de prevención e intervención frente a la violencia de género, en los términos establecidos Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
- Las entidades solicitantes únicamente podrán presentar un programa o proyecto a la presente convocatoria, sin perjuicio de que pueda constar de diferentes actividades.
- Las actuaciones para las que se solicite subvención, que en todo caso deberán incorporar la perspectiva de género en su finalidad y contenido, no podrán fomentar la continuidad de los roles tradicionales de género y, en consecuencia, la documentación aportada no podrá hacer un uso sexista del lenguaje o que incluya una imagen estereotipada de la mujer, debiendo incorporar una comunicación inclusiva que fomente los valores de igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres.
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN?
Para el otorgamiento de la subvención y la determinación de su cuantía se considerarán los siguientes criterios específicos de valoración, pudiendo alcanzar un máximo de 100 puntos.
- Descripción y diseño del proyecto. Se valorará la calidad y explicación detallada del proyecto. Para superar la evaluación técnica se deberá obtener un mínimo de 15 puntos. La puntuación máxima a alcanzar, en este apartado, será de 25 puntos.
- Grado de implantación de la entidad y nivel de actividad demostrado, máximo 10 puntos.
- Fundamentación de la necesidad de la subvención solicitada: máximo de 20 puntos.
- Temporalización y previsión de continuidad. Participación ciudadana prevista, impacto social previsto en el ámbito de actuación de la entidad, actuaciones previstas de continuidad más allá del año de la subvención: máximo de 10 puntos.
- Viabilidad. Se tendrá en cuenta la posibilidad de ejecución del proyecto, teniendo en cuenta el presupuesto presentado: máximo de 20 puntos.
- Experiencia. Se tendrán en cuenta los proyectos que se acrediten en materia de igualdad realizados por la entidad, hasta un máximo de 15 puntos.
En función del número de proyectos concurrentes y de las cuantías solicitadas, quedarán sin subvención los proyectos valorados con una puntuación inferior a 40,00 puntos.
De esta forma, desde EQUÀLITAT, participació i igualtat te ofrecemos la posibilidad – a través de la experiencia que ostentamos y de los éxitos medibles y cuantificados, alcanzados en los anteriores periodos – de acceder a estas subvenciones, con la finalidad, de que cualquier entidad asociativa, que cumpla con los requisitos fijados en la presente convocatoria, ostente la capacidad para sentar las bases o para seguir avanzando, en materia de igualdad.
Nuestra consultora te ayudará a gestionar y tramitar la solicitud de las subvenciones, para contribuir a seguir desarrollando unos principios y unos valores acordes a la igualdad, la tolerancia y la lucha contra la violencia de género.
Para más información:
- Teléfono: 96 311 02 66 (Ext. 3) / 617 45 98 22
- Email: info@equalitat.es
Link de la subvención: https://www.dipcas.es/uploads/dipcas/subvenciones/ficheros/4c2ba2a2-3811-4cb3-b21a-403e1da07663.pdf