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Subvenciones Planes Municipales de Igualdad y de Violencia de Género-DIVAL 2020

Subvenciones Planes Municipales de Igualdad y de Violencia de Género-DIVAL 2020

igualdad, Violencia de Género
  • La Diputació de València convoca subvenciones para la elaboración de planes de igualdad o contra la violencia de género municipales, cuyos destinatarios sean los ayuntamientos y entidades locales menores de la Provincia de Valencia.
  • EQUÀLITAT, participación i igualtat cuenta con una amplia experiencia, de casi una década en la realización e implementación de servicios de igualdad y prevención de la violencia de género.

Los Planes de Igualdad municipales concretan en un tiempo determinado una política pública local de igualdad poniendo en marcha un proceso de trabajo, así como recursos económicos y humanos, con el objetivo de cambiar la realidad de la desigualdad entre mujeres y hombres en el municipio. Asimismo, los Planes contra la Violencia de Género, considerados como el instrumento más adecuado para combatir esta lacra social, son el marco de referencia que guía la actuación municipal contra la violencia hacia las mujeres, trabajando para su previsión y erradicación, el apoyo a las víctimas, la mejora de la coordinación institucional y el empoderamiento de las mujeres.

Si tu municipio o entidad local quiere avanzar en materia de igualdad y/o prevención de la violencia de género, EQUÀLITAT puede trabajar a tu lado, codo con codo, para conseguir implantar y consolidar una sociedad y una cultura igualitaria, solidaria y justa.

DESDE EQUÀLITAT NOS DISPONEMOS A INFORMAR DE LAS CARACTERÍSTICAS MÁS IMPORTANTES DE ESTA CONVOCATORIA: 

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Se presentarán en el plazo de 25 días naturales a contar a partir del día 19/06/2020, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

Los ayuntamientos beneficiarios disponen hasta el 31 de octubre de 2020 para remitir a través de la plataforma informática la justificación de la subvención, que se efectuará mediante la modalidad de cuenta justificativa simplificada.

DESTINATARIOS Y REQUISITOS

Municipios y entidades locales menores de la Provincia de Valencia. Los cuales deben de cumplir, de forma telemática, con la aportación de los siguientes requisitos administrativos:

  • Declaración responsable del compromiso de elevar al órgano competente la aprobación del plan subvencionado, con anterioridad al ejercicio siguiente.
  • Comunicación detallada (procedencia, cuantía, convocatoria) de haber recibido o solicitado otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma finalidad.
  • Para el caso de contratación de una consultoría de género especialista en igualdad, deberán aportar la documentación justificativa como que cumple con los requisitos establecidos. Entre otras cosas, deberá de contar con personal que tenga capacitación suficiente en materia de igualdad (deben de tener al menos una titulación universitaria y además, un mínimo de 250 horas de formación de postgrado en género y/o políticas de igualdad).
  • Proyecto de igualdad o contra la violencia de género para el que se solicita la subvención, conteniendo los siguientes apartados:
  1. Fundamentación y diagnóstico
  2. Vigencia
  3. Objetivo general y objetivos específicos
  4. Ejes de intervención
  5. Metodología calendarizada
  6. Presupuesto detallado para la elaboración, indicando ingresos y gastos por conceptos

Se desestimarán aquellas peticiones que no adjunten el programa o proyecto a la solicitud, no siendo requisito subsanable.

FINANCIACIÓN

El importe máximo subvencionable será de hasta el 40% del coste de elaboración del plan de igualdad o contra la violencia de género para aquellos presupuestos mayores o iguales a 5.000 euros, y de hasta el 60% para aquellos presupuestos menores a 5.000 euros. El posible coste restante correrá a cargo de la entidad solicitante.

CRITERIOS DE VALORACIÓN: puntuación máxima de 105 puntos

  1. Nª habitantes del municipio: máximo 55 puntos

Destacando:

  • Hasta 5.000 habitantes con 55 puntos
  • De 5.001 a 10.000 habitantes con 50 punto

2. Características y diseño del proyecto: máximo 50 puntos

Destacando:

  • La descripción de las actividades a llevar a cabo, valorándose en este caso su carácter multidisciplinar y su funcionalidad integral dentro de la institución: hasta 15 puntos.
  • Cronograma: la claridad y viabilidad de los plazos de ejecución: hasta 5 puntos.
  • Objetivos descritos con precisión y claridad: hasta 10 puntos.
  • Fundamentación: hasta 5 puntos.
  • Los recursos aportados por la institución para llevar a cabo el proyecto: hasta 15 puntos.

          En el apartado “b)” se debe de alcanzar, un mínimo, de 30 puntos para obtener la subvención.

RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 meses a contar desde el día 19/06/2020. Transcurrido el plazo sin que se hubiese publicado la resolución, las entidades locales interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo negativo.

JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LAS SUBVENCIONES:

Los ayuntamientos beneficiarios disponen hasta el 31 de octubre de 2020 para remitir a través de la plataforma informática la justificación de la subvención, que se efectuará mediante la modalidad de cuenta justificativa simplificada.

Comunicació EQUÀLITAT

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