La Responsabilidad Social Empresarial (RSE) consiste en llevar a cabo una gestión correcta de los impactos que genera la actividad de una empresa tanto privada como en la administración pública bajo tres prismas principales: social, económico y ambiental. El fin último es contribuir activamente en una sociedad que tiene en cuenta el desarrollo sostenible y para ello es importante que sean las administraciones públicas quienes lo implementen, no sólo por los beneficios tanto sociales como para la propia administración, sino también para servir de ejemplo para otros modelos de gestión.
Para ello, incitado desde normativas europeas y nacionales, la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática anunció en diciembre del año pasado que se convocarían determinadas ayudas para el año 2020 destinadas a la promoción de la economía Sostenible de la Comunidad Valenciana. Fue finalmente el 6 de marzo de 2020, cuando se publica la resolución de las subvenciones destinadas a Organizaciones sin Ánimo de Lucro y a Entidades Locales de la Comunitat Valenciana, para la Formación, Divulgación y otras Actuaciones en materia de Responsabilidad Social.
Desde EQUÀLITAT nos disponemos a informar de las características más importantes de estas publicaciones.
En cuanto al plazo para la presentación de la solicitud será de un mes contando desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El plazo máximo para la tramitación de las solicitudes será de 6 meses después de la convocatoria, concluido este plazo, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo. Por último, la presentación de la justificación de la subvención se podrá realizar hasta el 30 de octubre de 2020.
La concesión de estas ayudas va destinada principalmente para municipios, mancomunidades, entidades locales menores, áreas metropolitanas y consorcios de la Comunidad Valenciana y las asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- La presentación de la solicitud en base a la Ley 39/2015.
- Una sola solicitud por entidad que se presente únicamente por vía telemática en el portal de la Generalitat Valenciana (www.gva.es).
- La solicitud deberá ir acompañada de un programa detallado del Plan de Actuación debidamente firmado por el titular de la presidencia de la asociación o entidad local con una serie de mínimos establecidos en la Resolución.
- Seguir el régimen de concurrencia competitiva.
- Cumplir las obligaciones que se especificarán más abajo.
A continuación, pasaremos a explicar los criterios para la valoración de las resoluciones. Cada apartado está dividido en diferentes ítems más concretos que se encuentran detallados en la Resolución, pero en esta publicación pasaremos a explicarlo brevemente e indicar la máxima puntuación que se puede obtener para cada apartado.
- Programa de actividades previstas, su viabilidad y coste total: hasta 3,5 puntos.
- Repercusión del programa planteado: hasta 2,5 puntos.
- Experiencia previa en la materia de la entidad y de las asociaciones que intervienen: hasta 2,5 puntos.
- Uso del valenciano durante el desarrollo del programa: hasta 1,5 puntos.
Por último, en cuanto a la financiación, el total destinado a esta resolución asciende a la cuantía de 200.000 euros según la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020. La cuantía a percibir es variable dependiendo de los criterios de evaluación, y el pago de las subvenciones se llevará a cabo por medio de un único pago siendo la cuantía máxima a percibir por entidad 5.000 euros, importe que no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
Desde EQUÀLITAT nos ponemos a tu disposición para ayudarte en la solicitud. Avalados por nuestra larga trayectoria desarrollando programas sociales, de participación e igualdad, trabajando siempre coordinados con los ayuntamientos, a fin de mejorar en desarrollo social, con un equipo dinámico y con expertos en la materia.
PLAZO de SOLICITUD PARALIZADO POR EL DECRETO DEL 14 DE MARZO 2020 DE ESTADO DE ALARMA.
AMPLIADO EL PLAZO AL 23 DE JUNIO 2020.
Comunicació EQUÀLITAT